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A través de las redes sociales se dio a conocer una noticia que causó alto impacto entre los cibernautas. Esto debido a que se reveló que el Dr. Enrique Lee Flores atropelló dando muerte a Dionni Jesús Llanque Taganhui,  pagando a la familia del fallecido la suma de $597.112.- en dos pagos por concepto de acuerdo reparatorio en dicho proceso judicial llevado a cabo en contra de Lee por cuasidelito de homicidio en calidad de autor y en grado de consumado


En este último tiempo se han dado a conocer una serie de irregularidades, denuncias y demandas que tienen como protagonistas a una serie de candidatos de todos los sectores políticos, así como también a los candidatos independientes que no han estado ajenos. Dichas denuncias han sido publicada en las redes sociales y tomadas por diferentes medios de comunicación local. Pero lo que ha causada gran sorpresa en los usuarios de Internet fue lo publicado por la cuenta de Facebook: “Arica Digna”, el día miércoles 16 de Marzo del presente año con el siguiente posteo:

“CUIDADO A QUIÉN ELIGES

El 1º de Mayo del año 2005, Dionni Llanque fue atropellado en Azapa por Enrique Lee Flores y como resultado murió. Según el parte policial manejaba sin estar atento a las condiciones del tránsito. Lee fue declarado culpable por cuasidelito de homicidio en calidad de autor y en grado de consumado. Pagó a la familia $597.112.- y la causa quedo sobreseída.

Las familias pobres suelen aceptar miserias de dinero una vez que ya no tienen nada que hacer para recuperar la vida del pariente muerto por un irresponsable”.

Sin lugar a dudas lo posteado en dicha cuenta de Facebook es de suma gravedad, sobre todo tratándose de alguien (Sr. Lee) que siempre habla de buenas prácticas y transparencia y que constantemente a través de sus redes sociales critica a las autoridades y sobre todo al Consejo Regional con fuertes descalificaciones por un supuesto actuar negligente de éstas autoridades.

Y como dijera el viejo refrán…  siempre se mira la paja en el ojo ajeno y no vemos la viga que tenemos en el nuestro.

Si bien nuestro medio no puede hacer replica de una noticia que no tenga un sustento fiable y comprobable, no podíamos basar nuestra nota en un simple posteo de Facebook, sobre todo tratándose de los graves hechos denunciados. Fue así, como una fuente que expresamente solicito el resguardo de su identidad (como así lo señala la Ley de Prensa) nos hizo llegar una serie de documentos del Poder Judicial con dicha causa en cuestión, por lo que con esos antecedentes aportados por esta fuente nuestro medio pudo corroborar dicha información y efectivamente lo publicado en la cuenta de Facebook antes mencionada resultó ser totalmente verídico.

A continuación mostramos el ACTA DE AUDIENCIA del caso en cuestión.

La Fiscal del caso en contra Lee fue la conocida ex fiscal regional de Arica y Parinacota Javiera López Ossandón quien fue la Fiscal a cargo del conocido Caso de Corrupción Municipal que involucro al ex alcalde Waldo Sankán y a prácticamente todo el cuerpo de concejales de aquella época. Por otra parte, la abogada defensora particular de Lee fue la abogada Ximena Coluccio Bueno.

Como se puede observar en las imágenes del Acta de Audiencia del Caso, llama poderosamente la atención la baja compensación económica que el médico ariqueño otorgo a la familia de la víctima fatal, la suma llega hacer irrisoria tratándose de una vida humana que fue arrebatada por el actuar negligente en la conducción de Lee que finalmente terminó con la vida del Sr. Dionni Llanque. Es incomprensible como la ex fiscal regional Javiera López, quien en esa época se desempeñaba como Fiscal Adjunto de la Fiscalía Local de Arica acordó con la defensora particular Ximena Coluccio esta bajísima compensación económica.    

En efecto, la discusión acerca de la “alternatividad” o salidas alternativas a un delito como el cometido por el Sr. Lee Fores, surge casi en forma paralela al fuerte cuestionamiento de que ha sido objeto el sistema penal, que puede resumirse en la idea de que éste no sólo no ha resultado ser un instrumento idóneo para resolver el problema de la criminalidad, sino que también porque él mismo ha sido considerado un factor reproductor de ésta, y, además, porque se ha constatado que en su operativa concreta distribuye de manera desigual su aplicación, afectando en grado más fuerte a los sectores socialmente más vulnerables.

Los acuerdos reparatorios,  por su parte, pueden ser descritos como una salida alternativa al proceso penal, en virtud del cual se puede extinguir la acción penal, tratándose de cierta categoría de delitos, cuando existe entre la víctima y el imputado un acuerdo   de reparación prestado en forma libre y voluntaria y este acuerdo es, además, aprobado por el Juez de Garantía respectivo, sin duda que el monto involucrado, es exiguo (que es escaso o insuficiente) y surge la pregunta lógica de que supuestos hilos se movieron en esta causa, del todo reprochable a quien quiere postularse al máximo cargo de dirección de la región,  sin duda que no cuenta con la idoneidad para el cargo, así como constan la propia página web del Poder Judicial donde se encuentras varias demandas en contra del Dr. Enrique Lee por indemnización de perjuicios por la mala praxis en sus intervenciones quirúrgicas como, por ejemplo, Rol causa C-1915-2020 del Tercer Juzgado de Letras de Arica.

En Conecta2 nos comunicamos con el Sr. Lee para que tuviera su derecho a réplica en relación a este caso que se dio a conocer por redes sociales, sin embargo,  hasta el cierre de esta publicación no quiso realizar ningún tipo de comentarios.