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Por Rafa Star

La Universidad de Tarapacá fue sentenciada a pagar una indemnización por daño moral de 5 millones de pesos. Además, se le condenó al pago de las costas del Juicio por un monto de 2 millones de peso.


Primera vez que una Universidad Estatal Chilena en condenada por vulnerar los derechos fundamentales de un académico e investigador de su propia Casa de Estudios.

El Juzgado de Letras del Trabajo de Arica por medio del Juez Gonzalo Brignardello el 31 de Marzo de 2016 dicto sentencia condenatoria contra de la Universidad de Tarapacá por Acoso Laboral. Ésta fue presenta por el Abogado Laborista Marco Quevedo, en representación del Dr. Pablo Valladares, académico e investigador del Departamento de Biología de la Facultad de Ciencias de la UTA.

El Diario Electrónico AricaMia.cl siguió el caso en todo su proceso por tratarse de un tema de interés público de la máxima relevancia en cuanto a los hechos denunciado. A diferencia de otros grandes Medios de Comunicación Regional que decidieron no cubrir y difundir dicha noticia y esconderla de la opinión pública, lo más probable por tener conflicto de interés publicitario con dicha universidad, de acuerdo a fuentes al interior de éstos medios y que han pedido no revelar su identidad para evitar futuras represalias por parte de sus empleadores.

En Exclusiva nuestro medio converso con el abogado demandante, Marcelo Quevedo y nos explicó con lujo de detalles la demanda del Caso: http://www.aricamia.cl/academico-e-investigador-de-la-uta-demanda-a-la-universidad-por-acoso-laboral/

Pero si esta sentencia condenatoria a la UTA, le sorprende, a lo largo de esta nota se seguirá sorprendiendo aún más. Ya que las más altas autoridades de la Universidad de Tarapacá, e incluso el ex Intendente de Arica y Parinacota, y ex Rector de la UTA el Sr. Emilio Rodríguez Ponce estaría involucrado.  Esto más adelante lo develaremos.

Juan Manuel Zolezzi junto a Emilio Rodríguez

Para nuestra sorpresa y la de todos nuestros lectores, este no es el primer juicio en contra de la UTA que se realiza en esta materia, ya que ésta fue demanda por el mismo académico, en donde éste con el fin de que cesarán los reiterados actos de excesivo hostigamiento laboral llevados a cabo por Juan Manuel Zolezzi Moraga y Sussy Bastías Candia, hijo y nuera respectivamente del Rector de la USACH Juan Manuel Zolezzi Cid (amigo íntimo de Emilio Rodríguez).

En este primer juicio el Dr. Pablo Valladarez con el objeto de que cesaran éstos hostigamientos acepto una reconciliación con los abogados de dicha Casa de Estudios (Causa T-32-2015). ¿Pero adivine qué? … si bien el académico siempre tuvo la disponibilidad de no seguir con este juicio adelante y que mucho menos la Universidad se viera afectada en temas judiciales, la sorpresa fue mayúscula al saber que la UTA NO CUMPLIÓ con la reconciliación, la cual tenía el carácter de un fallo judicial, por lo que se vuelve a interponer una nueva demanda en contra de la Universidad representada por su Rector Reducindo Arturo Flores Franulic (Causa RIT C – 78 – 2015)

Los antecedentes

Los graves conflictos de Juan Zolezzi y Sussy Bastías tras su llegada a la Universidad de Tarapacá

Juan Zolezzi Moraga (hijo rector USACH)

El hijo del rector de la USACH, Juan Zolezzi Moraga, médico veterinario de profesión se desempeña actualmente como académico del Departamento de Biología de la Universidad de Tarapacá. Éste hasta el año pasado se desempeñó como jefe de carrera de dicho  departamento.

Cabe destacar que nuestro medio en su momento recibió denuncias de los propios estudiantes de la carrera de Profesor de Biología y Ciencias Naturales manifestando su malestar en cuánto a que el Decano de ese entonces y actual Vicerrector Académico de la UTA Carlos Leiva Sajuria lo haya nombrado en dicho cargo, sin tener la formación necesaria en el área de la pedagogía: http://www.aricamia.cl/alianza-uta-usach-una-estrategia-de-la-universidad-de-tarapaca-por-establecer-la-carrera-de-medicina/

Tras dicho reportaje el Vicerrector Académico, Carlos Leiva Sajuria ordenó una Investigación Sumaria a cargo de la abogada Jaqueline Godoy debido a la carta presentada por Juan Zolezzi y dirigida al Rector ArturoFlores el 19 de Junio de 2015.

Departamento de Biología – Universidad de Tarapacá

Zolezzi Moraga, así como su esposa, Sussy Bastías Candia académica del mismo departamento y cuyo ingreso a la Universidad de Tarapacá al igual que su cónyuge, se realizó sin concurso público, ingresando ambos a desempeñarse como académicos en la misma Facultad y en el mismo Departamento de Biología. En donde además, como lo muestra la fotografía, se les otorgo oficinas continúas solicitado por ellos.

Además, la Universidad de Tarapacá les financió un laboratorio de investigación de varios millones de pesos.  Y que ellos mismos se jactaban en los pasillos del Departamento de Biología. Pero ¿por qué tantos beneficios ha dicho matrimonio? Sobre todo con el poco tiempo que llevaban recién en la Universidad. Una actitud altiva y prepotente tanto con los estudiantes, así como con los académicos de su mismo Departamento fue lo que siempre los caracterizó.

Sussy Bastías – Foto Twitter

Tras la llegado de dicho matrimonio a la Universidad éstos han sido protagonistas de una seguidillas de hechos que ha sido puesto en conocimiento de las altas autoridades universitarias, pero pese a ellos, dicha Casa de Estudios ha hecho oídos sordos a los innumerables y sistemáticos episodios que van en contra de la sana convivencia laboral y académica por parte de dicho matrimonio en cuestión, donde se han visto afectados tanto académicos como estudiantes. Es así como se ha llegado a recurrir a los Tribunales de Justicia para lograr frenar los reiterados hostigamientos por parte del Sr. Juan Zolezzi Moraga y la Sra. Sussy Bastías Candia. Además, dicha académica del Departamento de Biología fue denunciada por insultar con fuertes epítetos a dos estudiante de la misma Universidad, donde nuevamente esta Casa de Estudios no hizo absolutamente nada con el fin de proteger al matrimonio Zolezzi- Bastías. Por si fuera poco, Bastías Candía acuso falsamente a un académico de plagio en una publicación científica. Finalmente tras estudiar y evaluar la acusación de la Señora Batías, se determinó que la acusación no tenía validez y que fue realizada maliciosamente en contra del académico Dr. Pablo Valladares al parecer por celos profesionales.

  • Primera demanda en contra de la UTA por Hostigamiento Laboral

“La primera, originó la causa RIT 32 – 2.015 y concluyó por una conciliación de fecha 30 de Octubre de 2.015, mediante la cual la Universidad se obligó a permitir que el académico retomara plenamente las labores para las que fue contratado, a posibilitar que se forme una Unidad o instancia de resolución de conflictos al interior de la institución y a no entrabar la participación de Valladares Faúndez en Seminarios o actividades”.

  • Segunda demanda en contra de la UTA por Hostigamiento Laboral

“Lamentablemente, la Universidad denunciada no ha cumplido dicha conciliación, por lo que se inició la causa de cumplimiento RIT C – 78 – 2015, destinada a obtener, entre otras cosas, que el académico retome la revisión de la tesis de un alumno, entre otras cosas. En fin, hacer realidad la conciliación, que tiene el mismo valor de una sentencia ejecutoriada. Al momento de pedirse este cumplimiento, la Universidad se defendió, resistiéndose e invocando pretextos que fueron rechazos en forma íntegra por el Tribunal, con costas. Es decir, se rechazan sus excusas y debe pagar los gastos innecesarios de defensa en ese incidente.

La segunda denuncia fue ingresada el 23 de Diciembre de 2.015 y mediante ella se reclama la infracción al derecho a no ser víctima de represalias con motivo del ejercicio de la acción judicial anterior, además de otras conductas lesivas de los derechos a la integridad psíquica y a la no discriminación en el ámbito laboral. Esta denuncia dio origen a la causa RIT T – 40 – 2.015”.

Entrevista abogado querellante: Marco Quevedo Villegas.

Reportaje: www.aricamia.cl  (30/01/2016)

Por si fuera poco,  la Sra. Sussy Bastías fue denunciada por mala práctica académica al no cumplir con el programa de estudio estipulado, “rellenar” sus cátedras con contenidos que no correspondían, no realizar las clases de laboratorios correspondientes, malos tratos a los estudiantes, entre otros. Nuevamente la Universidad de Tarapacá no hizo nada.

Mientras Zolezzi se desempeñaba como jefe de carrera en el Departamento de Biología de la Facultad de Ciencia de la Universidad de Tarapacá,  y cuyo nombramiento fue realizado también por el cuestionado Decano de la Facultad de Ciencias de ese entonces y actual Vicerrector Académico de la UTA, Carlos Leiva Sajuria, que por lo demás también terminó sus estudios en la USACH.

Dentro de los graves cuestionamientos a la gestión del veterinario Juan Zolezzi en la carrera de Pedagogía en Biología y Cs. Naturales destacan:

– No tener la formación necesaria en Pedagogía para dirigir una carrera que prepara a los futuros profesores de Chile.

– Malos tratos a varios estudiantes de la carrera y no acceder a las peticiones académicas legítimas de dichos estudiantes.

– Impidió que el alumno Osman Arellano pudiese desarrollar normalmente tu Tesis de Grado con el Profesor que el propio alumno eligió.

– Romper la sana convivencia entre sus pares académicos.

– Exigir realizar cátedras que estaban destinadas para otros académicos.

– Solicitar anular todas las tesis de grado que le antecedieron antes de ostentar el cargo de Jefatura de Carrera y sólo validar aquellas que se realizaron durante su gestión.

– Difamar tanto a estudiantes como académicos de la Universidad de Tarapacá.

– Entre otros.


Es evidente que las altas autoridades universitarias han sido negligentes en cuanto a no tomar las medidas necesarias para evitar este tipo de situaciones, muy por el contrario, han establecido una surte de red de protección a éstos dos académicos en cuestión por el solo hecho de ser familiares director del Rector de la Universidad de Santiago de Chile con la cual la Universidad de Tarapacá tiene un convenio estratégico en la formación de la Escuela de Medicina.

Esto desde ya parece inaceptable sobre todo tratándose de una Universidad pública perteneciente al Consejo de Rectores de las Universidad Chilenas.

Los hechos dados a conocer hablan por sí solos, la evidencia es abrumadora y cabe preguntarse qué tipo de autoridades están dirigiendo actualmente la Casa de Estudios más importante de nuestra región. Acaso la ética y moral profesional no deben ser los ejes fundamentales en su desempeño, así como la transparencia que éstos deben tener en el ámbito universitario.

El Juez Gonzalo Brignardello determinó que: “dada la GRAVEDAD  los hechos ACREDITADOS y de las vulneraciones que se han constatado…  se condena a la UTA a pagar $5.000.000.- por el daño moral sufrido por el demandante (Pablo Valladarez), descartándose la argumentación de la demandada (UTA) en cuanto al monto, ya que se ha acreditado que dentro de los padecimientos que ha sufrido el actor, se encuentran las represalias de su empleador (la UTA), las que se manifestaron por medio de la aceleración de la investigación sumaria, la transformación de esta en sumario administrativo y la formulación de cargos infundados; así como la amenaza en la estabilidad laboral del demandante y el impedir realizar las actividades de extensión y vinculación con el medio, hechos que han dañado moralmente al actor de modo grave”

– Se ordena a la Universidad de Tarapacá cesar todo trato distinto al denunciante que no se funde en su idoneidad profesional.

– Que habiéndose acreditado en el juicio que como consecuencia de las represalias realizadas en contra del actor se le renovó su contrata sólo por 6 meses, según lo dispone el numeral 3 del artículo495, se ordena cesar tal acto, ordenándose a la denunciada decretar una nueva contrata hasta el31 de diciembre de 2016.

–  Que se ordena a la Universidad de Tarapacá la realización, a su costa, de un Seminario o Taller sobre Derechos Fundamentales, Ciudadanía en la Empresa y Laborización de la Función Pública, el que será realizado dentro del plazo de un mes de ejecutoriado el presente fallo, y deberá ser impartido por cualquiera de los siguientes académicos: José Luis Ugarte, Eduardo Caamaño Rojo o Sergio Gamonal, a elección de la denunciada.

Esta actividad deberá ejecutarse en horario laboral y a ella deben asistir OBLIGATORIAMENTE el Rector, Vicerrector Académico, el Vicerrector de Administración y Finanzas, la totalidad de los Decanos de Facultades y el Asesor Jurídico de la Universidad denunciada e invitarse a todos sus académicos y funcionarios de la denunciada.

–  Se ordena a la denunciada a efectuar una publicación por tres días seguidos, de una oferta de disculpas tanto en la página de portada del Portal Web Institucional de la Universidad denunciada, como en el Diario La Estrella de Arica, dirigida a su representado. En dicha inserción, se dejará expresa constancia que el Señor Valladarez Faundez ha sido sujeto de vulneración de sus derechos fundamentales de integridad psíquica, no discriminación  en el ámbito laboral, así como que la denunciada (la UTA) actuó en su contra en el plano laboral por represalias motivadas en una denuncia previa de vulneración de garantías fundamentales. En dicha publicación, la denunciada, además, deberá expresar que se obliga a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores. La publicación deberá efectuarse durante tres días hábiles seguidos.

– La inserción, en todos los paneles, diarios murales y dispositivos afines que la denunciada mantenga en sus dependencias, tanto en aquellas ubicadas en el Campus Saucache como en el Campus Velasquez, así como en sus distintas sedes, de la SENTENCIA DEFINITIVA y la copia de las disculpas publicadas según el numeral anterior. Esta inserción deberá mantenerse durante 10 días hábiles y su cumplimiento será constatado por Receptor del Tribunal.

Ahora bien, cabe preguntarse… ¿Esta vez cumplirá la UTA con este fallo judicial? O incumplirá de la misma forma en como lo hice en la primera reconciliación. Esto solo con el tiempo lo sabremos.

El fallo completo de la sentencia condenatoria se encontrará disponible en el portal web del Poder Judicial siendo un documento e información de uso público.