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 Si tenías planes con el dinero de la devolución de impuestos 2019, es mejor que los vayas deshaciendo, porque desde este 1 de enero comenzó a regir la obligatoriedad de cotizar para cubrir leyes sociales (AFP y salud), lo que se hará efectivo en la declaración de impuestos de abril del 2019.

Esto significa que desde ahora el 10% de cada boleta emitida -que se traducía en unos pesos extras en mayo de cada año-, será destinado a su propia protección.

Esta normativa está estipulada en la Ley N° 20.255 de cotización obligatoria, que fue dictada en 2008 con la Reforma Previsional del Gobierno de Michelle Bachelet. Pese a que debía entrar en vigencia en 2012, la obligatoriedad se fue postergando año a año. Eso, hasta ahora.

En agosto pasado, el gobierno presentó algunas modificaciones a esta ley:

1- Impone la obligatoriedad de cotizar a los trabajadores independientes, tanto del sector público como privado, que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales ($1,3 millones).

2- Mantiene la obligatoriedad del pago de las cotizaciones a través de la declaración anual de impuestos a la renta de cada año, a partir de 2019, con cargo a la retención del 10% de impuestos. El cambio es establecer el incremento gradual de la retención de impuestos.

Cambia también el enfoque y se privilegia la protección del trabajador. Es decir, se parte por el 7% para Isapre, 0.9 para accidentes, 0.3 para Ley Sanna, 1.53 para SIS.

Si algo resta, se destinará al ahorro de la AFP.